¿Qué tipo de licencias existen para contenidos digitales?

¿Qué tipo de licencias existen para contenidos digitales?

En la web, blog y redes sociales estamos constantemente subiendo vídeos, imágenes o audios. Y en no pocas ocasiones no nos fijamos si están protegidos con derechos de autor. Y si lo hacemos, nos preguntamos: “¿Son contenidos de pago o gratuito?”.

Cuando hablamos de licencia en el mundo digital nos referimos a la autorización que el autor de un contenido da a otras personas sobre lo que pueden o no pueden hacer con dicho contenido.

A continuación analizamos los tipos de licencias más comunes:

1)    Copyright

Es una licencia de uso digital que protege los derechos de autor y, por tanto, permite al autor decidir sobre las condiciones en que sus obras pueden ser distribuidas y reproducidas.

Su reconocimiento es el de los derechos de autor. Por esa razón, tiene como lema ‘todos los derechos reservados’. Si un tercero deseara utilizarlo es imprescindible la autorización expresa del autor para ese fin concreto y, en muchos casos, el pago por su uso.

Se trata de la licencia más empleada, especialmente por empresas y autores de prestigio.

Cualquier contenido disponible en Internet que no especifique un tipo de licencia, está automáticamente protegido por Copyright, aunque pueden utilizarse, con limitaciones, con fines educativos o en noticias.

2)    Copyleft

Es un grupo de licencias cuyo objetivo es garantizar que cada persona que recibe una copia de una obra pueda a su vez usar, modificar y redistribuir el propio trabajo y las versiones derivadas del mismo.

Unas veces se permite el uso comercial de dichos trabajos y en otras ocasiones no, dependiendo que derechos quiera ceder el autor.

El Copyleft reconoce los derechos de autor, pero da libre uso de la obra en cuestión, siempre con unas pautas y unos reconocimientos.

Entre este tipo de podemos encontrar a CreativeCommons y a GNU GPL:

2.A) CreativeCommons

Se trata de una organización que permite usar y compartir tanto la creatividad como el conocimiento digital a través de una serie de pautas de carácter gratuito. Por tanto, reconoce los derechos de autor pero solo algunos derechos quedan reservados.

El propio sitio web de Creative Commons ofrece un buscador de contenidos CC, e incluso Google permite filtrar en su buscador imágenes por diferentes tipos de licencia.

CreativeCommons distingue entre seis licencias distintas:

  • Reconocimiento (by): permite todo tipo de uso de la obra.
  • No comercial: prohíbe el uso comercial.
  • No comercial – Compartir igual: prohíbe el uso comercial de la obra y las posibles obras derivadas.
  • No comercial – Sin obra derivada: prohíbe el uso comercial y la creación de obras derivadas.
  • Compartir igual: exige una licencia igual a la que regula la obra original, en cualquier tipo de uso (comercial, obras derivadas).
  • Sin obra derivada: se permite uso comercial pero no la creación de obras derivadas.

2. B) GNU GPL

Basada en el Copyleft, se utiliza en el ámbito del software informático. Cualquier software que utilice este tipo de licencias se declara como software libre. Esto significa que cualquiera puede instalar dicho software, modificar su código o distribuirlo sin autorización expresa del autor.